Plan de medidas antifraude

El Plan de Medidas Antifraude se trata de una obligación impuesta en el artículo 64 de la Ley de Contratos del Sector Público de 2017, que se ha visto reforzada por las medidas impuestas en relación con la gestión de Fondos Europeos Next Generation

Todas las entidades del sector público que participen como perceptoras de fondos en la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia estarán obligadas a disponer de un Plan de Medidas Antifraude.

  • En qué consiste el Plan de Medidas Antifraude

    Este plan define un sistema de gestión orientado a la detección de situaciones como la doble financiación, corrupción y en definitiva cualquier mal uso de fondos públicos.

  • Servicio ROA para el Plan de Medidas Antifraude

    Gracias a la ayuda de ROA Consulting, nuestros clientes de la administración pública dispondrán de un Plan 100% adaptado a los requisitos legales, que contemplará:

    • Estructurar las medidas antifraude de una manera proporcionada y en torno a la prevención, detección, corrección y persecución del fraude.
    • Prever la realización de una evaluación del riesgo de fraude.
    • Definir unas medidas preventivas adecuadas y proporcionadas, ajustadas a cada una de las situaciones concretas, para conseguir reducir el riesgo residual.
    • Prever la existencia de medidas de detección ajustadas a las señales de alerta y definir el procedimiento para su aplicación efectiva.
    • Definir las medidas correctivas pertinentes cuando se detecta un caso sospechoso de fraude, con mecanismos claros de comunicación de las sospechas de fraude.
    • Establecer procesos adecuados para el seguimiento de los casos sospechosos de fraude y la correspondiente recuperación de los Fondos de la UE gastados fraudulentamente.
    • Definir unos procedimientos de seguimiento para revisar los procesos, procedimientos y controles relacionados con el fraude efectivo o potencial, que se transmiten a la correspondiente revisión de la evaluación del riesgo de fraude.